Papeles
23/07/2015

Guía práctica para casarse por lo civil (3/3)

Por Gloria Bayo

Llegó el 18 de Junio y por fin recogimos, de nuevo en C/ Pradillo, el certificado de idoneidad y el resto del expediente, con toda la documentación del expediente matrimonial. Ese fardo de papeles -que debéis custodiar como si fuéseis Indiana Jones y aquéllo el Arca de la Alianza- es el que debe llegar al lugar donde finalmente os casaréis.

En el Registro te informan de que pueden enviarlo por valija interna allí mismo, pero también te aconsejan «para evitar sustos» (sic) que lo entreguéis vosotros mismos. Así que allá que nos fuimos: primero, al Juzgado de Paz de Níjar; luego, al Ayuntamiento, a llevarles el permiso que emite dicho juzgado para autorizar la celebración.

En el Ayuntamiento nos encontramos con un trámite de ésos que cambian de sitio en sitio: las tasas. En nuestro caso, 150 euros por la celebración del matrimonio que engrosarán las arcas municipales de Níjar. A estas alturas de la aventura administrativa, el desembolso es efectuado incluso con regocijo. Informaos del importe en el Consistorio elegido, ya que no hay una cantidad ‘oficial’, fija y estándar, con lo que podéis llevaros una sorpresa.

¿El siguiente paso, después de dejar los papeles a buen recaudo con la autoridad competente? Vernos en el altar, se supone. Nos comentaron que se pondrían en contacto con nosotros si hubiera algún problema -toquemos madera- y, ante el silencio administrativo, seremos nosotros quienes les llamemos una semana antes aproximadamente para confirmar fecha y hora.

Como decían los latinos, alea jacta est… La suerte está echada.